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AVDT

REVISTA DE DERECHO TRIBUTARIO / 123
Julio- Agosto- Septiembre 2009

Asociación Venezolana de Derecho Tributario (AVDT)


Nota del Presidente
Índice de contenido

 

:: NOTA DEL PRESIDENTE ::

A JOSE ANDRES OCTAVIO

I

El pasado 23 de enero de 2009, falleció en la ciudad de Caracas el doctor José Andrés Octavio, una de las más prominentes figuras del foro tributario venezolano, profesor, ex Contralor General de la República, Miembro de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales y de nuestra asociación, quien fue un factor determinante en la fusión que se produjo el 26 de marzo de 1974 entre el Instituto Venezolano de Estudios Fiscales del cual era Presidente, y la Asociación Venezolana de Derecho Tributario bajo la Presidencia del Dr. Marco Ramírez Murzi.

También fue el Dr. Octavio Presidente de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario en el período 1985-1987, siendo además destacado y muy apreciado Presidente Vitalicio del Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario, el cual le rindió un sentido y muy oportuno homenaje en vida, durante las XXIV Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario celebradas en la Isla Margarita, el pasado mes de octubre del año 2008, donde nos conmovió con un discurso propio de su manera de ser y sentir sobre la actualidad del país.

Paz a sus restos.

II

Con motivo del fallecimiento de los doctores José Andrés Octavio y Jaime Parra Pérez, en el marco del acercamiento institucional entre la Academia de Ciencias Políticas y Sociales y la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, tuvo lugar el día 28 de abril de 2009 en el Paraninfo del histórico Palacio de las Academias, un homenaje a estos dos ilustres tributaristas venezolanos fallecidos el 23 de enero y el 17 de enero de 2009, respectivamente, corta distancia para la gran pérdida que representa su desaparición del foro tributario venezolano.

Para todos aquellos que no pudieron asistir al homenaje, en esta edición se están publicando los discursos pronunciados por los oradores designados, el doctor Gabriel Ruan Santos y el doctor Leonardo Palacios Márquez, quienes magistralmente lograron sintetizar la vida y obra del doctor Jaime Parra Pérez y del doctor José Andrés Octavio, respectivamente, como un legado para las futuras generaciones de tributaristas.

III

Por último, los días 24 y 25 de abril de 2009, tuvieron lugar en la ciudad de Barquisimeto, las XXXIV Jornadas J.M Domínguez Escobar, evento jurídico de trascendencia nacional organizado por el Colegio de Abogados del Estado Lara, que este año fue en homenaje al doctor Oswaldo Padrón Amaré, otro eminente tributarista, fallecido el 4 de marzo de 2007.

En el marco de estas jornadas su amigo y socio, el doctor Rafael Gamus Gallego, hizo una semblanza del doctor Padrón, en la que destacó sus condiciones personales y densidad como jurista, de la que han sido testigos, en palabras del doctor Gamus “la importante camada de magníficos abogados tributaristas que hoy abundan en nuestro foro, la mayoría de los cuales tienen mucho que agradecerle por los conocimientos y la manera de enfocar el derecho, que en esa materia logró transferirles”, como profundo conocedor que era del Derecho en general.

En las XXXIV Jornadas Domínguez Escobar participaron como ponentes algunos miembros de la Asociación, tales como los doctores Aurora Moreno de Rivas y César Hernández (ambos Ex presidentes de la AVDT), Carlos Weffe, Betty Andrade y quien suscribe, ya que las jornadas este año fueron sobre temas tributarios en memoria del homenajeado. Estaba también prevista la participación del doctor José Andrés Octavio, quien lamentablemente no pudo participar en virtud de su fallecimiento previo.


Cabe señalar que en su discurso de instalación de las jornadas, el Dr. Jorge Rosell, Presidente del Colegio de Abogados del Estado Lara, con relación al tema escogido y particularmente refiriéndose a la capacidad contributiva como base fundamental de los tributos, expresó que “el fomento de la riqueza es vital para que el Estado se vea acompañado por la ciudadanía, con el objeto de cubrir las necesidades básicas que su existencia presupone. La idea de un Estado propietario, o de un capitalismo estatal hace mermar hasta casi su extinción la posibilidad de que la actividad privada constituya un conjunto de sujetos imponibles tributariamente. Por otra parte, la idea de un Estado inexistente en relación al control de la actividad económica privada, trae consecuencias gravísimas al extremo de concluirse en que un mercado sin control estatal tiende a su destrucción. Ya lo está sufriendo el ser humano universal, a través de la crisis económica actual causada por una ausencia total de control en ciertos ámbitos relacionados con el tráfico económico. Un Estado inexistente propio del inicio del capitalismo con su ´dejar hacer, dejar pasar`, que resurgió en la época de la Tacher y de Reagan, con la desaforada privatización que invadió América Latina, es un extremo peligroso que al querer revivirlo actualmente, estalló en la crisis antes aludida. Por otra parte, un Estado de rígido control económico sobre la economía propia de regímenes caracterizados por el socialismo real, asfixia la iniciativa privada, y así como el mercado se extingue por la codicia cuando no hay control, aquí fenece por el férreo dominio estatal. El término medio nos lo describe con sencillez Miguel Bajo Fernández, al referir que debe hablarse como bien jurídico a proteger por el sistema jurídico, no simplemente al orden económico, sino al orden económico social, que presupone un programa político entre dos límites: no retornar al liberalismo puro al reconocer intereses generales que implica la intervención estatal, y la imposibilidad de admitir un sistema económico de planificación total...” , por lo que dentro de los parámetros de lo que debe ser un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, como establece el artículo 2 de nuestra Constitución, en concordancia con los principios de justicia social, democratización, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, que fundamentan el régimen socioeconómico del país, de acuerdo con el artículo 299 del mismo texto constitucional, la producción de riqueza puede ser la mejor aliada de la Administración Tributaria, cuya redistribución asegurará el desarrollo humano integral y una existencia digna para todos los venezolanos.

Elvira Dupouy Mendoza
Presidente del Consejo Directivo de la AVDT

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:: ÍNDICE DE CONTENIDO ::

I Elvira Dupouy Mendoza
Nota del Presidente
II Estudios:
1.

José Andrés Octavio
La transacción en el Código Orgánico Tributario

 

Comunicaciones Técnicas nacionales de las XXIV Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario, Margarita 2008

Tema 1

Juan Carlos Fermín Fernández
•La Elusión en el Derecho Tributario.
Luis Homes Jiménez
•Elusión, evasión y planificación tributaria: Aproximaciones y alcances
Serviliano Abache Carvajal
•Elusión Fiscal y figuras afines. Reflexiones para su conceptuación, sistematización y aplicación pragmática.

Tema 2

José Rafael Belisario Rincón
•El principio de la Capacidad Contributiva en los regímenes simplificados de tributación.
Jean Batista Itriago
•Perspectivas de reforma de la imposición sobre la renta: Un enfoque de política fiscal.
Alaska Moscato Rivas
•Norma tributaria en materia de subcapitalización en la legislación venezolana: Implicaciones del ajuste por inflación fiscal frente a los principios tributarios.

III.

Jurisprudencia
Extracto de sentencias de la Sala Constitucional y de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, por Pedro Baute Caraballo y Patricia Piselli Piñango

•Impuesto al consumo suntuario y a las ventas al mayor / créditos fiscales. Caso: CARBONES DE LA GUAJIRA, S.A.
•Contencioso tributario / Notificación de sentencia. Caso: MGA INGENIEROS CIVILES, C.A.
Contribuciones parafiscales / Instituto Nacional de Cooperación Educativa. Caso: BAKER HUGHES, S.R.L.
•Impuesto sobre patente de industria y comercio / Clasificación de actividad. Caso: CONSOLIDADA DE FERRYS, C.A. (CONFERRY)
•Contencioso tributario / Auto de admisión / Representación. Caso: INVERSIONES 3ERA DÉCADA, C.A.
•Impuesto sobre patente de industria y Comercio / Base imponible. Caso: CORPORACIÓN INLACA, C.A.
•Contencioso tributario / Admisión de pruebas / notificación. Caso: DISTRIBUIDORA ROWER C.A.
•Intereses moratorios Código Orgánico Tributario de 2001. Caso: TELECOMUNICACIONES BANTEL, C.A.

IV. DOCTRINA
Extracto de Consultas emitidas por la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Fuente: http://www.seniat.gob.ve
Recopilación por Betty Andrade Rodríguez y Serviliano Abache Carvajal

I. Aduana.

1. Competencia del Resguardo Nacional Tributario en los procedimientos de determinación y fiscalización.
2. Vigencia de licencia de importación de vehículos emitida por el Milco.
3. Zona Libre de Paraguaná. IVA en importación. No exigibilidad de los gravámenes en el reconocimiento cuando faltaren mercancías que nunca llegaron a la zona libre.
4. Ingreso de calzados y textiles a la zona franca industrial, comercial y de servicios de la Península de Paraguaná. Improcedencia de internación al territorio nacional desde la zona comercial.
5. Ingreso de motos usadas a partir de enero de 2008.
6. Registro de vivienda principal. Bienhechurías.
7. Deducibilidad del ITF del ISLR.
8. Constitución de garantía conforme al artículo 9 de la Ley Orgánica de Aduanas.

II. Ley del Impuesto al Valor Agregado.

1. Servicios no sujetos.
2. Facturación y retención de los gastos reembolsables.
3. La temporalidad en materia de IVA. Operaciones realizadas con entes públicos.
4. Retenciones del impuesto por parte de entes públicos. Calendario para cumplir con dicha obligación..
5. Servicios médicos y servicios de estética.
6. Modificación del criterio DCR-4-33945 sobre el registro de las operaciones no sujetas en los libros especiales del IVA.

V. NORMATIVA
Sumario de normas de interés tributario. Recopilación por José P. Barnola D.
VI.

MISCELANEAS
•Discurso de homenaje al Dr. Jaime Parra Pérez.
•Discurso de homenaje al Dr. José Andrés Octavio.
•Minutas del Comité Penal de la AVDT de la primera y segunda sesión oordinaria.
•Resumen de la ponencia presentada por Gabriel Ruan Santos en el V Seminario de Derecho Constitucional Tributario en Iberoamérica, celebrado en Mérida, Estado de Yucatán, México entre el 24 y el 27 de junio de 2009.
•Reseñas Bibliográficas.

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